Pago extra por productividad: se suma otro ministerio
Desde el 1 de junio los trabajadores estatales del Ministerio de Gobierno comenzaron a ser evaluados en el cumplimientos de metas. Se les pagará un extra por productividad.
Luego de que los ministerios de Producción y de Ambiente y Energía aplicaran este plan, este jueves se dio a conocer que la cartera liderada por Natalio Mema se suma al "Fondo de Incentivación por cumplimiento de metas institucionales". Esto implica que los trabajadores del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial podrían cobrar un extra por productividad.
Según surge del escrito publicado en el Boletín Oficial, en su etapa inicial, prevista para el trimestre de junio a agosto de 2025, la evaluación se centrará exclusivamente en el factor “Prestación de la Tarea”, con una ponderación del 60% para el primer pago y por única vez.
Puntos clave del Fondo
Objetivo: Incentivar a los agentes del Ministerio para que cumplan con sus metas institucionales y mejoren su desempeño individual, contribuyendo a una administración más eficiente.
Cálculo del Incentivo: Se basa en dos componentes principales:
Componente de Evaluación de Desempeño (CED): Valora el desempeño individual de cada agente. Los criterios de evaluación son definidos por el Ministro, y la evaluación la realiza el jefe directo. Para la primera liquidación, y por única vez, el CED se fija en un 60%.
Componente de Presupuesto (CP): Refleja el cumplimiento de las metas institucionales generales del Ministerio. El Ministro es quien define estas metas y evalúa su logro.
Base de Cálculo: El monto final del incentivo se calcula sobre la masa salarial de referencia, según las fórmulas específicas detalladas en el Anexo I del Acta de la Administración Central.
Periodicidad de Pago: El Fondo se liquidará mensualmente y se abonará junto con los haberes del mes inmediato posterior al periodo evaluado.
Exclusiones: No percibirán el incentivo los agentes que se encuentren en ciertas situaciones, como: licencias sin goce de sueldo, sumarios administrativos con suspensiones, inasistencias injustificadas prolongadas, o que no cumplan con los requisitos de desempeño mínimos.
Vigencia: La aplicación de esta reglamentación inició a partir del 1 de junio de 2025.
Cómo será la evaluación
Según detalla el artículo quinto "la calificación del personal comprendido será efectuada trimestralmente por el jefe o responsable inmediato superior, con acuerdo del Director o Director General de Administración de cada Repartición, según corresponda. Cada agente será evaluado en forma individual de acuerdo a la siguiente planilla".