La Cámara no hizo lugar al pedido de Milei y cerró la causa contra Pagni
El camarista Eduardo Farah se pronunció ante una apelación del presidente en la querella por calumnias o falsa imputación e injurias que había presentado contra el periodista de La Nación, según la resolución.
La Cámara Federal de Buenos Aires confirmó la desestimación de la denuncia del presidente Javier Milei contra el periodista Carlos Pagni. Milei había acusado a Pagni de calumnias e injurias por supuestamente asociarlo con Adolf Hitler en un editorial televisivo.
El juez Eduardo Farah explicó que, si bien entiende el malestar del Presidente, la ley penal no considera delictivos los hechos denunciados. Aclaró que Pagni no hizo una analogía directa entre Milei y Hitler, ni le atribuyó crímenes atroces.
Farah también compartió la preocupación de la comunidad judía sobre la banalización del Holocausto. Señaló que ningún evento político actual se asemeja a las atrocidades del Holocausto, que buscó el exterminio de una población por motivos raciales y religiosos. Concluyó que es fundamental pedir respeto y consideración al referirse a estos trágicos acontecimientos.
La Cámara Federal porteña confirmó hoy la desestimación por inexistencia de delito de la denuncia del presidente Javier Milei contra el periodista Carlos Pagni a raíz de haberlo, según la presentación, asociado a la figura de Adolf Hitler.
El camarista Eduardo Farah se pronunció ante una apelación de Milei en la querella por calumnias o falsa imputación e injurias que había presentado contra el periodista de La Nación, según la resolución a la que tuvo acceso NA.
El 28 de abril pasado, en su programa “Odisea Argentina” que se transmite por el canal “LN+” los lunes a las 22 , el periodista realizó un editorial que el Presidente de la Nación consideró “ofensivo a su honra y a su reputación”.
“No niego -y hasta entiendo razonables- las consecuencias que, según dice, puedan haber generado en su esfera íntima las alusiones y comparaciones que efectuó el querellado, en un editorial en el que lo mencionó renglones después de haberlo nombrado a Hitler”, analizó Farah.
También mencionó que “la actividad de los periodistas está, como todas, sujeta a la Constitución Nacional y a las normas y que, por eso, desarrollar esa profesión no significa la libertad de dañar a otros en cualquier supuesto y escenario”.
Pero en el ámbito penal “es la propia la ley la que torna no delictivos a estos hechos” analizó y por ello se ” impone confirmar la desestimación de la querella” que había resuelto en primera instancia el juez federal Daniel Rafecas
“Surge claramente que el periodista no hizo una directa analogía como la que el querellante señala; no al menos en el sentido de haberle atribuido la comisión de los crímenes atroces que aquel ejecutó o haberlo equiparado en sus propósitos, métodos y estrategias de forma deliberada”, explicó Farah.
El camarista Eduardo Farah.
En la resolución el camarista manifestó además compartir manifestaciones de dirigentes de la comunidad judía en relación a lo ocurrido y “la necesidad de impedir cualquier riesgo de banalización del Holocausto o tomar alguna de sus circunstancias a la ligera”
“Comparto absolutamente esa mirada. La mera equiparación de fenómenos políticos actuales a aquellos que fueron el punto de partida de eventos de los más trágicos que ha experimentado la humanidad, despierta lógicamente emociones de dolor fuertemente arraigadas en todos, pero especialmente en quienes pertenecen a una comunidad y a familias que resultaron el grupo más atacado y perseguido en aquel período histórico”, concluyó.
El juez advirtió que “nada -por más opinión negativa que se pueda tener al respecto de lo que pasa ahora en el país se asemeja a cualquier etapa -de construcción, desarrollo o culminación- de una política que entre otras cosas tendió al exterminio de una parte de la población civil por motivos raciales, religiosos y de culto”.
“Pedir respeto y especial consideración al hacerse referencia a tan trágicos acontecimientos es lo mínimo que puede hacerse”, concluyó.