El Juzgado Criminal y Correccional 12 resolvió sobreseer a Anabel Fernández Sagasti, Ramona Fernanda Miño, Jorge Tanús y Juan Grabois en la causa que investigaba la administración y utilización del Fondo de Integración Social Urbano (FISU). "Considero que no resulta pertinente dar curso a una investigación penal bajo estas circunstancias y, en consecuencia, adoptar un temperamento desincriminante de las personas denunciadas y el archivo de las presentes actuaciones", resolvió el jugado.
Según consta en la resolución de sobresimiento, no existen pruebas de que los responsables hayan cometido irregularidades y afirman que la causa se sostenía sobre informes periodísticos carentes de sustento. "Puedo advertir con un grado suficiente de certeza es que toda la información traída al proceso es producto de meras reproducciones de todo cuanto se expuso en programas de televisión y del eco que se hicieron en distintos medios periodísticos del país. Esto es lo que llevó a que en muchos de los sucesos denunciados se detallaran datos que mezclan las obras a realizar, los funcionarios intervinientes u otros que exhiben la falta de profundidad o de precisión de los hechos que se pretendían denunciar", consta en el acta judicial.
Además, subraya que en los informes aportados a la causa hay constancia de "la labor desplegada por los distintos actores que aquí se denunciaron a fin de cumplir con una tarea más que difícil y que destaca los logros y desafíos de la misma y, en particular, la transparencia en la ejecución de los fondos y la gestión ágil y eficiente de los recursos destinados a los barrios populares". "Adicionalmente sugiere que las demoras que existen en el desarrollo de los proyectos se deben a falta de coordinación de múltiples actores con diferencias jurisdiccionales que tendrán que trabajar en conjunto maximizando esfuerzos. Todo esto es lo que me lleva a ponderar que proceder de la forma pretendida en las distintas denuncias, en realidad, esconde un riesgo de incluir en un proceso de revisión y cuestionamientos a un sin fin de obras ante la aparición de noticias que anuncien nuevas irregularidades en cada una de ellas", concluyen desde el juzgado.
"En lo sucesivo, en la extensa denuncia, no se hace más que reproducir la información de informes periodísticos de programas de televisión que, en definitiva, reiteran otros datos ya incluidos en otras denuncias", aseveran para dictar el sobreseimiento de Ramona Fernanda Miño, Anabel Sagasti, Jorge Miguel Tanus, Juan Grabois, María Agustina Vila, Natalia Russo, Martín Miguel Cosentino Moreto, Héctor Antonio Lostri, Leonardo Boto, Juan Zabaleta, Facundo Schaab, Eduardo Albanese, Victoria Tolosa Paz, Jorge Taiana, Nicolás Alberto Pakgojz, Alexandre Roig, Juan Manuel Petito Tévez, Nicolas Angelotti, Eduardo Francisco Montes, Marta Graciela Ferraro, Diego Andrés Motto, José María Ottavis, Celia Itati, Graciela Botto, Sebastián Miguel Pareja, Carlos Gregorio Marcial Irigoitia, Miguel Angel Francisco Tudino, Daniel Augusto Altman, Geraldina Brid, Antonio Dario Cerdera y Alberto Schprejer.
El origen de la causa
La irregularidad denunciada se sitúa en el marco de la celebración de un convenio entre Juan Zabaleta, Fernanda Miño y Leonardo Boto para crear dos nuevos barrios "Los Laureles" y "Colonia Montes de Oca". Las tierras serían entregadas por el Estado Nacional y se preveía realizar el tendido de red eléctrica, agua potable, cloaca, red pluvial, alumbrado público, entre otros trabajos apuntados a mejorar la calidad de vida de las personas que habitan en barrios populares. Los fondos que se utilizarían para dicho fin provendrían del FISU. Según los denunciantes, ese convenio se habría incumplido porque no se habrían concretado los trabajos comprometidos, encontrándose la obra en estado de abandono. En ese sentido, la responsabilidad de los implicados radicaría en no realizar las obras, la falta de control de cumplimiento por parte de funcionarios públicos y vinculaciones políticas que permitirían gozar del dinero proveniente del FISU.
Además, se denunció que distintas cooperativas, que actuaban como unidades ejecutoras de distintos programas del FISU, habrían recibido, de manera arbitraria, cuantiosas y millonarias sumas de dinero sin criterios claros de selección o asignación de obras y, en algunos casos, sin que el objeto de esas unidades sea la construcción de viviendas, lo que las tornan irregulares.
Finalmente, todo fue desestimado por el Juzgado Criminal y Correccional 12, que procedió a archivar la causa.
Resolucio´n Sobreseimiento by bustosmarianom