A pesar de que la intención del intendente de San Rafael era avanzar con el proceso convencional para la redacción de una Carta Orgánica Municipal, la Suprema Corte de Justicia le dio lugar al recurso interpuesto por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados en el que plantean un conflicto de poderes. El jueves el municipio fue notificado y como consecuencia de ello debe paralizar el proceso que había iniciado.
Así lo establece el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario en su artículo 230, que es el que regula el Conflicto de Poderes. Específicamente, establece los pasos a seguir en "casos de conflictos de competencia entre autoridades o poderes públicos de la provincia y en los conflictos internos entre las diversas ramas de estos".

El inciso 2 deja de manifiesto que "el peticionante deberá suspender todo procedimiento y mantener el estado de situación actual. Igual conducta deberá observar la contraria después de haber tomado conocimiento de la intervención de la Suprema Corte de Justicia". Es decir, el proceso de autonomía municipal de San Rafael ha quedado paralizado.
La estrategia del gobierno provincial para neutralizar la iniciativa sanrafaelina se divide en dos frentes. Por un lado, el Ejecutivo presentó un proyecto de enmienda constitucional para consagrar la autonomía municipal para todos los departamentos de la provincia. La idea es darle un marco general que establezca límites para que los municipios no puedan avanzar con creación de impuestos o reelecciones indefinidas.
Paralelamente, la vicegobernadora Hebe Casado y el presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi, denunciaron a San Rafael por conflicto de poderes entendiendo que el municipio avanza con una ordenanza sobre una cuestión de legislación provincial.
“Cualquier modificación en materia de autonomía debe pasar por la Legislatura, y en este caso se ha omitido ese paso institucional”, argumentan.