En una decisión que promete reconfigurar el escenario de la litigiosidad previsional en la Argentina, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ordenó un giro de 180 grados en su estrategia legal. A través de una disposición interna, el fisco nacional determinó que dejará de apelar sistemáticamente los fallos judiciales que eximen a los jubilados del pago del Impuesto a las Ganancias. Esta medida implica que, una vez que un tribunal de primera instancia dicte sentencia en favor del reclamante, el fallo quedará firme de manera inmediata, logrando que el beneficiario deje de percibir los descuentos y pueda tramitar la devolución de los fondos retenidos de forma exprés, sin tener que esperar los desgastantes plazos de las cámaras de apelaciones.

La decisión administrativa de ARCA representa un acto de pragmatismo fiscal y un postergado reconocimiento a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde el año 2019, cuando el máximo tribunal dictó el fallo testigo "García, María Isabel c/ AFIP", quedó establecido que las jubilaciones no pueden ser consideradas una ganancia ni una contraprestación por una actividad laboral, sino un derecho de la seguridad social protectivo de la ancianidad. Pese a la claridad de este antecedente, el Estado nacional mantuvo durante años la nefasta práctica de estirar los procesos judiciales hasta las últimas instancias. La nueva conducción económica convalidó este cambio de rumbo al constatar que la obstinación de apelar causas perdidas le costaba al Estado más dinero en pago de intereses y costas judiciales —honorarios de abogados particulares y tasas— que lo que lograba recaudar de forma provisoria.

Sin embargo, el nuevo criterio de allanamiento y desistimiento procesal implementado por ARCA no tendrá un carácter universal ni automático para todo el universo pasivo. El organismo mantendrá el pulso judicial y continuará apelando en aquellos casos que involucren a beneficiarios de jubilaciones de privilegio, exmagistrados de regímenes especiales o ciudadanos que posean patrimonios elevados y pluriingresos, como rentas financieras o comerciales financieras de envergadura. Para los jubilados de haberes medios y altos que sí acrediten la condición de vulnerabilidad fijada por la jurisprudencia, la medida representa un alivio inmediato. Fuentes del fuero de la Seguridad Social anticipan que la resolución aliviará la colosal saturación de los tribunales federales, sepultando miles de expedientes burocráticos y devolviéndole previsibilidad al empobrecido bolsillo de la clase pasiva.