Hace un año la vicegobernadora Hebe Casado decidió quitarle la tutela sindical a cuatro empleados de la Legislatura. En concreto, el gobernador Alfredo Cornejo le dio instrucciones a la Asesoría de Gobierno para iniciar las acciones judiciales correspondientes para avanzar en ese sentido. Este lunes la Corte rechazó el planteo de uno de esos empleados que pretendía conservar "privilegios sindicales". "Hay que ser caradura llegar hasta la Suprema Corte para intentar defender los privilegios sindicales", disparó Casado en las redes y celebró que la Justicia rechazó el planteo.
"¡Afueraaaa! El máximo tribunal de la Provincia ha rechazado un recurso extraordinario provincial sobre tutelas sindicales invocadas por empleados de la Cámara de Senadores", disparó la vicegobernadora de Mendoza luego de que se diera a conocer la decisión del máximo tribunal.
"Con esta decisión, se reafirma la importancia de reconocer a quienes realmente trabajan, sin admitir privilegios injustificados", adhirió Hebe Casado en sintonía con el discurso libertario.
Según expresaron desde la Legislatura, el objetivo de remover la tutela sindical es evitar privilegios para algunos trabajadores. En concreto, afirman que esos 4 empleados cobraban sueldos de clases jerárquicas equivalentes a los de funcionarios.
Según el decreto 865 publicado el 20 de mayo del año pasado, los empleados a los que les iban a remover la tutela sindical eran Alicia Beatriz Agüero, Gustavo Allub, Jorge Pablo Best y Rodolfo Adrián de Vega.
Jorge Pablo Best, que trabaja en el sector de Compras y Suministros, llevó a la Corte su reclamo para evitar que le modificaran la categoría. En ese sentido, afirmó que se violentaban derechos constitucionales y tratados internacionales, pero los jueces Dalmiro Garay y Teresa Day rechazaron el planteo.
"En el caso, el recurrente no logra rebatir los argumentos esenciales de la sentencia en cuanto a la naturaleza temporaria del contrato, la licitud del mismo y el hecho de que el carácter de representante gremial del señor Best carece de autonomía, por sí solo, para modificar la naturaleza jurídica de la relación preexistente", subrayan ambos magistrados y de esa forma se le rechazó el recurso extraordinario que había presentado.