Información pública bajo la lupa: lo que le falta al proyecto que presentó Griselda Petri
La Fundación Nuestra Mendoza analizó el proyecto presentado por la diputada provincial y marcaron las falencias que tiene la legislación vigente. El dato que genera preocupación.
La ley de Ética Pública de Mendoza ha tenido resultados positivos. Sin embargo, hay indicadores que demuestran que es necesario hacer modificaciones para mejorarla y los proyectos que se han presentado en ese sentido no parecen ir en el camino adecuado. El cornejista César Cattaneo presentó un proyecto que encendió las alarmas porque abre la puerta a la arbitrariedad, mientras que la diputada Griselda Petri presentó otro que apunta a incorporar un nuevo título destinado a la evaluación y seguimiento de su cumplimiento. Mientras tanto, desde la Fundación Nuestra Mendoza advierten que lo que realmente ayudaría a mejorar la norma es "establecer un régimen claro de sanciones para casos de incumplimiento reiterados".
La mirada de la Fundación Nuestra Mendoza es crítica y afirma que "los resultados de su aplicación son escasos". "La ausencia de sanciones constituye la evidencia más clara de ese fracaso. Durante estos años se han reiterado los incumplimientos de los sujetos obligados, tanto respecto de la publicación de información que debe encontrarse disponible de manera permanente —transparencia activa— como de la obligación de responder en tiempo oportuno y de manera completa las solicitudes formuladas por la ciudadanía. A pesar de ello, esos incumplimientos no han generado consecuencias concretas para los funcionarios responsables", subrayan.
No se trata de la única institución que ha manifestado su disconformidad con la falta de respuesta a pedidos de Acceso a la
Gabriel Balsells Miró está a cargo de la Oficina de Ética Pública.
En este sentido, es alentador que legisladores se involucren en el tema y busquen mejorar la legislación vigente. En ese sentido, desde la Fundación Nuestra Mendoza elaboraron un documento marcando su posición frente al proyecto que recientemente presentó Griselda Petri.
"La creación de un índice de transparencia puede ser una herramienta valiosa para medir el desempeño de los organismos, hacer visibles los incumplimientos, promover la mejora permanente y ofrecer a la ciudadanía información comparable sobre el comportamiento de cada institución", reconocen desde la institución, pero aclaran que no resolvería los principales escollos de la normativa actual. "Teniendo en cuenta la deficiente actuación exhibida hasta el momento por la OIA yEP, resulta necesario advertir que el índice que se propone incorporar a la Ley 9070 quedaría bajo la órbita de los mismos actores que actualmente no garantizan para todos los casos, su cumplimiento efectivo", explican.
"Una ley de acceso a la información no se vuelve efectiva por su sola existencia. Requiere una autoridad de aplicación que controle, exija el cumplimiento, identifique responsabilidades y aplique las sanciones previstas cuando corresponda. Si la falta de publicación o la negativa injustificada a entregar información no producen ninguna consecuencia, el cumplimiento queda librado a la voluntad de cada organismo y el derecho reconocido por la ley pierde eficacia práctica", argumentaron desde la institución.
Actualmente existen informes trimestrales elaborados por la Subdirección de Acceso a la Información Pública y los datos del primer trimestre del 2026 marcan que son cada vez menos los recursos de incumplimiento que responden desde la oficina. La tasa de resolución bajó del 21% en el último trimestre del 2025 al 10% en el primer trimestre del 2026. Es decir, cuando un ciudadano presenta un recurso asegurando que no le dieron la información solicitada, solamente en el 10% de los casos recibe un respuesta satisfactoria.
Mientras tanto, en el primer trimestre del 2025 la tasa de incumplimiento de pedidos de Acceso a la Información Pública era del 3%, mientras que en el mismo periodo del 2026 se triplicó al 9%. Esos datos fortalecen el planteo de la Fundación Nuestra Mendoza para que se establezca un régimen claro de sanciones para casos de incumplimiento reiterados. Es decir, modificar la ley para que al funcionario garante no le de lo mismo contestar o no los pedidos de información.