Un grupo de ocho trabajadores del área de Salud de Mendoza sumó un revés administrativo en sus pretensiones salariales. A través del Decreto 944, el Poder Ejecutivo provincial rechazó los recursos presentados por estos agentes, quienes exigían que se les reconociera de forma retroactiva el tiempo que trabajaron bajo contratos de locación de servicios antes de ingresar a la planta permanente.
Los empleados solicitaban el pago de diferencias en el adicional por antigüedad, intereses y el cobro de licencias no gozadas. Sin embargo, la respuesta del Gobierno dejó sin efecto el reclamo basándose en dos argumentos centrales. Por un lado, el vencimiento de los plazos legales para reclamar y las condiciones bajo las cuales pasaron a la planta estatal.
La situación más numerosa abarca a seis de los involucrados: Eugenio Pablo Framarini, Carina Andrea Puppato, Mariel Celeste Ríos, Leonardo Daniel Lucero, Ruth Elizabeth Cornejo y Selenia Carina Rosas. En todos estos casos, sus pases a planta ocurrieron entre 2011 y 2016.
La normativa (artículo 38 bis del Decreto-Ley 560/73) fija un plazo máximo de dos años para realizar cualquier reclamo de crédito laboral en el sector público. Dado que las presentaciones se iniciaron formalmente recién en mayo de 2025, la administración determinó que la acción legal estaba prescripta por haber dejado transcurrir ampliamente los tiempos previstos por la ley.
El "candado" de los contratos post pandemia
En tanto, las agentes Carla Elizabeth Frasca y Adriana María Rabino ingresaron al Estado recientemente, en 2023, por lo que su reclamo no estaba vencido en los papeles. Pese a esto, sus peticiones también fueron desestimadas debido a la letra chica del régimen que les permitió efectivizarse.
Ambas trabajadoras se sumaron al plantel estatal mediante el Decreto 987/20, una herramienta extraordinaria creada en plena emergencia por el COVID-19. Esa norma exigía, como condición obligatoria para obtener la planta permanente, ingresar en la categoría inicial y firmar una declaración jurada garantizando que no tenían ninguna demanda o reclamo laboral pendiente contra el Estado por su época de contratadas.
Desde el Ministerio de Salud recalcaron que ese compromiso previo fue una condición esencial para otorgarles la estabilidad, por lo que la renuncia a reclamos pasados no se trató de un descuido, sino de un acuerdo mutuo que impide exigir retroactivos en la actualidad.