¿Irá preso?
Los argumentos que ponen en jaque la libertad de Marcelo D'Agostino
La abogada querellante afirma que hay evidencia empírica de la posibilidad de que el exsubsecretario de Justicia entorpezca el proceso, y subrayó que su trato preferencial en el caso es una forma de intimidar a la víctima y testigos. Afirmó que hay riesgo de fuga.La abogada querellante María Elena Quintero solicitó que se impute a Marcelo D'Agostino por los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado y lesiones dolosas agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. Además, pidió que se ordene "la inmediata detención del imputado" y argumentó puntualmente los motivos por los que entiende que el exfuncionario debería seguir el proceso en calidad de detenido.
Por un lado, Quintero remarcó que la acusación de su defendida ha demostrado su firmeza con una "plataforma fáctica, sin ambigüedades ni contradicciones sustanciales, tanto en sus presentaciones escritas como en sus extensas declaraciones verbales, lo que consolida la confiabilidad objetiva de su testimonio". Pero por el otro, ha demostrado los riesgos procesales que han quedado en evidencia en el transcurso de la investigación y reiteró la necesidad de que se dicte la detención preventiva del imputado.
En este sentido, expuso sus dudas respecto al accionar del Ministerio Público Fiscal y dejó entrever que Marcelo D'Agostino tiene influencia sobre su accionar. "El peligro procesal en el presente caso se encuentra agravado por omisiones institucionales de significativa gravedad, que comprometen de manera directa el deber estatal de prevención, investigación y protección en contextos de violencia de género", sostiene y asegura que el Ministerio Público Fiscal ha incurrido en omisiones que consolidan un escenario de "violencia institucional, materializado en irregularidades procedimentales de suma gravedad".
"En este contexto, la víctima, en la audiencia de ratificación de la denuncia, expresó con claridad, aportando datos concretos, que altos funcionarios de la Suprema Corte de Justicia y del Ministerio Público Fiscal le sugirieron la inconveniencia de radicar, en ese estadio, una denuncia penal formal, instándola a efectuar una mera exposición informal bajo promesa de reserva. Tal proceder operó, en los hechos, como un mecanismo funcional a la invisibilización del contexto de dominación y de la asimetría de poder existente, dilatando indebidamente la activación de los dispositivos institucionales de protección, los cuales, valorados en el marco denunciado, contribuyeron a consolidar un ámbito de impunidad derivado del cargo ocupado por el imputado. Resulta particularmente relevante destacar que tanto el Procurador General interviniente como las dos Fiscalas Jefas a cargo de las áreas de Violencia de Género y de Delitos contra la Integridad Sexual se apartaron inmediatamente luego de recibida la denuncia", asevera María Elena Quintero en su escrito dejando claro que Alejandro Gullé sabía desde hace tiempo lo que estaba padeciendo la víctima.
"Estos apartamientos constituyen actos procesales objetivos, ajenos a la voluntad de esta parte, que operan como indicios corroborantes de la razonabilidad del planteo formulado por la denunciante en torno al poder institucional real detentado por Marcelo Alejandro D’Agostino Dillon y a la posible incidencia de dicha posición en el normal desenvolvimiento de la investigación penal", argumentó la abogada.
"Esta circunstancia, valorada juntamente con los apartamientos referidos, robustece el riesgo de interferencia indebida, de dilación en la producción probatoria y de pérdida irreparable de evidencia, incrementando de manera concreta el peligro procesal que la medida cautelar solicitada procura neutralizar", adhirió fundando su pedido de detención preventiva para evitar que el imputado pueda entorpecer el proceso.
Pero a ese argumento adhiere otro: el riesgo de fuga. Para la abogada, Marcelo D'Agostino ha sido mucho más que un ciudadano común gracias a que ostentó durante 11 años el cargo de Subsecretario de Justicia. En este sentido, advierte que ante una posible imputación por delitos de prisión efectiva severa, podría intentar escapar. "La expectativa cierta de enfrentar una pena de prisión efectiva severa, sumada a dichos recursos, torna el peligro de fuga en un riesgo real, concreto e inminente, frente al cual la detención preventiva aparece como la única medida idónea", esgrimió María Elena Quintero.
Por último, adhirió otro elemento que justifica el pedido de detención: la intimidación a la víctima y los testigos. "La permanencia del imputado en libertad expone a los testigos relevantes de la presente causa a un riesgo cierto, concreto e inminente de intimidación, presión o coacción", afirma.
"Un agresor que se autopercibe dominante y en una condición de impunidad institucional, tal como ha sido constatado clínicamente por los peritos oficiales del Ministerio Público Fiscal, posee una capacidad objetiva y real para influir sobre la voluntad y el comportamiento de terceros, particularmente de aquellos llamados a prestar declaración en su contra. En este marco, la permanencia del imputado en libertad no solo compromete seriamente el normal desarrollo de la investigación penal, sino que coloca en situación de vulnerabilidad extrema a la víctima y a los testigos, frustrando los fines preventivos y garantistas que orientan el sistema de medidas de coerción personal", subraya María Elena Quintero marcando otro punto por el que entiende que la fiscalía debería avanzar con la detención del imputado.
"En este marco, la permanencia del imputado en libertad no solo compromete seriamente el normal desarrollo de la investigación penal, sino que coloca en situación de vulnerabilidad extrema a la víctima y a los testigos, frustrando los fines preventivos y garantistas que orientan el sistema de medidas de coerción personal", concluye Quintero y afirma que "la capacidad de Marcelo Alejandro D’Agostino Dillon para utilizar el aparato estatal en su propio beneficio ha quedado evidenciada en autos de manera concreta y verificable, tanto a partir del relato de la víctima como de las actuaciones institucionales consecuentes desarrolladas durante la instrucción, las cuales se orientaron de hecho al encubrimiento del hoy imputado".
