La Cámara de Diputados de Mendoza dio media sanción al proyecto de Ley que crea el Régimen Provincial de Intervención Preventiva Administrativa sobre Inmuebles en estado de abandono, ocupación irregular o vinculación con actividades delictivas. La iniciativa busca dotar de un marco legal específico a las intervenciones sobre propiedades conocidas comúnmente como "aguantaderos".
“La experiencia demuestra que existen inmuebles respecto de los cuales sus titulares registrales han perdido, de hecho, la posibilidad de ejercer adecuadamente las facultades de uso, goce, custodia y disposición. En numerosos casos, esos bienes son ocupados, utilizados o reutilizados como aguantaderos, refugios, lugares de ocultamiento, centros de acopio, fraccionamiento o comercialización de estupefacientes, o como soporte material para la planificación y ejecución de delitos”, señala la fundamentación.

El proyecto toma como antecedente el protocolo de intervención preventiva administrativa que el Ministerio de Seguridad y Justicia viene aplicando desde octubre de 2025 y transforma esa experiencia en una política pública con rango de Ley.
Establece que el Ministerio de Seguridad y Justicia podrá disponer, mediante resolución fundada, medidas preventivas sobre inmuebles que hayan sido utilizados para el acopio, fraccionamiento o comercialización de estupefacientes, la planificación o ejecución de delitos, o que por su estado de abandono, deterioro o destrucción representen un riesgo para la seguridad pública o la convivencia ciudadana.
Entre las medidas previstas se encuentran el tapiado o cerramiento de accesos, la clausura parcial o total y, cuando resulte indispensable por razones de seguridad, la demolición controlada de sectores o del inmueble completo. Todas las intervenciones tienen carácter preventivo, temporal y proporcional, y no afectan el derecho de propiedad del titular registral, sino que buscan preservar el bien e impedir su utilización para actividades ilícitas.

La propuesta también contempla un procedimiento administrativo con informes técnicos y policiales, notificación a los propietarios, posibilidad de oposición y mecanismos de revisión, además de un régimen especial para intervenir de manera inmediata cuando exista un riesgo grave e inminente para las personas o para la seguridad pública.
En tanto, el articulado establece que el procedimiento se iniciará de oficio o por solicitud originada en la comunidad en general, los municipios, organismos públicos o privados o a requerimiento judicial.
“La finalidad principal de la norma consiste en proteger la indemnidad de la propiedad registral resguardándola para su titular o derecho habiente a la vez que protege la seguridad y salubridad pública urbana”, indica el texto de elevación, agregando que “su propósito es brindar al Estado una herramienta administrativa de actuación rápida, fundada y proporcional que permita neutralizar riesgos, detener el deterioro del inmueble, impedir su aprovechamiento delictivo y preservar el bien en beneficio de su legítimo titular”.
La iniciativa fue aprobada por 34 votos afirmativos y 10 negativos, correspondientes al interbloque del PJ. En tanto, los diputados Rolando Scanio y Jorge Difonso (LUM), votaron por la afirmativa en general, y negativo los artículos 8, 9 y 10.