El Departamento General de Irrigación (DGI) oficializó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución N° 867, una medida que extiende por 30 meses la prohibición para otorgar nuevos permisos de perforación de agua subterránea en la Margen Derecha del Río Mendoza, abarcando las zonas de Agrelo y Ugarteche (subcuenca El Carrizal).
La restricción no es arbitraria sino que surge de un diagnóstico técnico elaborado a mitad de año por la Subdirección de Aguas Subterráneas, el cual detectó que el 78,1% de las perforaciones relevadas muestran niveles de agua considerablemente más profundos que sus promedios históricos.
Dado que la normativa local (Resolución 673/97) fija el límite de alerta en el 50%, el organismo que conduce Sergio Marinelli debió congelar las autorizaciones para frenar el desgaste del mapa hídrico subterráneo.
Excepciones y estudios en curso
A pesar del freno general, la norma contempla salvedades específicas:
- Consumo humano: Se mantendrá habilitado el trámite para abastecimiento poblacional.
- Refuerzo a Inspecciones de Cauce: Se autorizarán pozos para complementar canales donde el riego superficial resulte insuficiente.
- Reemplazo de pozos: Quienes ya cuenten con perforaciones previas dañadas o con merma de caudal o calidad podrán solicitar la sustitución técnica.
Mediante la colocación de sensores automáticos y el seguimiento del volumen extraído, las autoridades evaluarán si el freno debe extenderse o si es posible reverlo antes de los dos años y medio previstos.
El trasfondo
El congelamiento de perforaciones en El Carrizal no se da en un terreno neutro, sino en el marco de una fuerte tensión política y legal. La polémica escaló cuando Marinelli, tras haber dictado en agosto de 2024 una restricción de dos años (Resolución 1108), emitió la Resolución 125/2025 permitiendo al menos nueve perforaciones en la misma zona protegida.
La medida derivó en una demanda de inconstitucionalidad presentada por el exsenador y regante Marcelo Romano, quien acusó al DGI de incurrir en una "desviación de poder" para favorecer a firmas privadas como CRESUD S.A.C.I.F.Y.A., la cual, según denunció, obtuvo permisos sin la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental previa. El conflicto llevó incluso a Marinelli a brindar explicaciones ante la Cámara de Diputados.
Sin embargo, en abril, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó la medida cautelar interpuesta por Romano. En su defensa, tanto el organismo de agua como las empresas privadas argumentaron que la controvertida norma no entregó nuevos caudales, sino que reasignó volúmenes que ya habían sido concedidos en el pasado y que sus dueños originales no habían llegado a ejecutar.